• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 10123/2023
  • Fecha: 28/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revisión de sentencias firmes como consecuencia de una legislación posterior más favorable. El acusado fue condenado como autor de un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal sobre menor de trece años, cometido en fechas que llegaron hasta el 20 de abril de 2010. La víctima era hija, primero, pareja y luego esposa, del acusado. Y existía relación de convivencia. Se le impuso por esos hechos la pena de 9 años de prisión con las correspondientes accesorias (art- 182.1 y 2, y 181.1.3 y 4 en relación con el art. 180..1.3 y 74 CP según la norma que regía antes de la reforma penal de 2010). La Audiencia denegó, y se ratifica en casación, una revisión de la condena, con ocasión de la entrada en vigor de la LO 10/2022, de 6 de septiembre, al entender que la normativa emanada de esa reforma resulta perjudicial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 5627/2021
  • Fecha: 27/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La prueba pericial sobre credibilidad del testimonio no puede ser tenido por documento en la medida que realiza unas aportaciones que pueden ser útiles en la valoración de la prueba pero que en ningún momento sustituye la función jurisdiccional del tribunal que debe valorar la actividad probatoria. No es factible que esa función jurisdiccional sea sustituida por la prueba pericial que suministra el juzgado elementos que permiten argumentar con una valoración de la prueba en los términos que se deducen de la pericial practicada. La fijación de la responsabilidad civil por el delito cometido forma parte del ejercicio de la función jurisdiccional que corresponde al tribunal atento, en este caso, al daño producido y al perjuicio causado a la víctima. Y el tribunal explica, de forma razonada y razonable, que por la naturaleza de la agresión, su reiteración y el daño sufrido según expresa la prueba pericial, y que el tribunal ha declarado probado, refiriendo a la causalidad entre los abusos sufridos y la secuela a la menor a consecuencia de la actuación del acusado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 4569/2019
  • Fecha: 25/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Estafa en concurso de normas con delito de falsedad en documento privado. No es documento mercantil -falsificación por simulación de un contrato de arrendamiento de vehículo- Aplicación de la doctrina contenida en la sentencia del Pleno de la Sala, STS 232/2022, de 4 de marzo. Se estima parcialmente el recurso y teniendo en cuenta, de un lado, las circunstancias de atenuación concurrentes, además del tiempo de duración del proceso fundamento principal de la rebaja en un grado operada, el esfuerzo reparador de los acusados, y de otro, las características de los hechos, en concreto la pluralidad de acciones que integran la continuidad, y el importe total de la defraudación, se fija la pena en dos años de prisión y 6 meses de multa. Se absuelve a los acusados del delito continuado de falsedad en documento mercantil del artículo 390.1 2º y 392 CP, por el que venían condenados, declarando de oficio la parte proporcional de las costas de la instancia. Se recopilan los diferentes criterios jurisprudenciales para la configuración del concepto de documento mercantil, que no puede afirmarse de los contratos firmados en el presente procedimiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LEOPOLDO PUENTE SEGURA
  • Nº Recurso: 10206/2023
  • Fecha: 21/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Procede la revisión de condenas al ser más favorable al reo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 10597/2022
  • Fecha: 21/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La especial vulnerabilidad es una nueva definición de la agravante genérica de abuso de superioridad adecuada al concreto escenario donde se desarrolla la agresión sexual. El concepto equivale a la facilidad con que alguien puede ser atacado y lesionado y supone una manifiesta desventaja e imposibilidad de hacer frente al agresor. El control casacional de la presunción de inocencia se concreta en comprobar si la motivación fáctica supera el estándar exigible y si la decisión alcanzada por el tribunal sentenciador es, lógica, coherente y razonable, de acuerdo con las máximas de experiencia, reglas de la lógica y principios científicos. El motivo casacional por infracción de ley exige así el más absoluto respeto del relato fáctico que se declara probado, pues no resulta posible pretender un control de la juridicidad alterando la realidad fáctica de soporte, con independencia de que se haga modificando el relato fáctico en su integridad. Las cuestiones de competencia tienen en el proceso penal ordinario su cauce adecuado de proposición con anterioridad a la celebración del juicio, y su propio sistema de recursos. El elemento sustancial de esta atenuante de reparación del daño consiste en la reparación del daño causado por el delito o la disminución de sus efectos sea por la vía de la restitución, de la indemnización de perjuicios, o incluso de la reparación del daño moral.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 10145/2023
  • Fecha: 21/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso formulado por el condenado a 14 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual de los arts. 178, 179 y 180.1 y 2 CP. Según la redacción vigente a la fecha de los hechos, delito continuado de agresión sexual en actuación conjunta con otras dos personas, estaba sancionado con pena de prisión de 12 a 15 años. Al ser el delito continuado, la pena imponible era de 13 años, 6 meses y 1 día a 15 años, pudiendo llegar a la mitad inferior de la pena superior, esto es, 18 años y 9 meses, por aplicación de lo dispuesto en el art. 74.1 CP. Los hechos declarados probados encajan en el art. 178.1 y 2, 179 y 180.1.1º CP (redacción de la LO 10/2022), con una penalidad de entre 7 a 15 años; al ser el delito continuado, la pena imponible era de 11 a 15 años pudiendo llegar a la mitad inferior de la pena superior, esto es, 18 años y 9 meses, por aplicación de lo dispuesto en el art. 74.1 CP. Conforme a la LO 5/2010, la pena fue aplicada en su mitad inferior (14 años) muy próxima a la mitad de la pena (14 años y 3 meses), y en la LO 10/2022, la pena se sitúa en la zona intermedia de la mitad superior (13 a 15 años), si bien la pena en extensión de 14 años sigue resultando coherente en relación con los argumentos de la motivación llamada a justificarla y que fueron expresados en la sentencia. Así pues, la pena de prisión mantenida por el Tribunal de instancia, aunque ubicada en la mitad superior, es adecuada a las circunstancias concurrentes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 10217/2023
  • Fecha: 21/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En materia penal, sustantiva, la aplicación mediante la herramienta exegética de la analogía (no es propiamente supletoriedad: contamos con una regulación expresa - art. 2.2- que regula taxativamente la mayoría de las cuestiones sustantivas: en lo regulado ha de estarse a ella), solo está consentida cuando se realizara in bonam partem, además de en lo puramente procesal. No cabe la analogía in malam partem. No es posible rescatar una norma perjudicial prevista para unos casos específicos, temporalmente acotados, rehabilitarla, y aplicarla a supuestos diversos. Este criterio ha inspirado la solución adoptada por esta Sala en relación con los recursos promovidos por el Ministerio Fiscal que reivindicaban la aplicación directa de las disposiciones transitorias del Código Penal de 1995. El órgano de instancia ha expresado de forma inequívoca, tanto en la sentencia que abre la ejecutoria como en el auto de revisión, la procedencia de una individualización de la pena en su mínima duración, ajustada a la gravedad de los hechos. El único modo de respetar (de no invadir) las competencias de las Cortes Generales para determinar la proporcionalidad de las penas asociadas a determinadas conductas lesivas, conduce a, partiendo de la individualización ya efectuada en su día, reducir las penas impuestas hasta el nuevo límite fijado por la Ley Orgánica 10/2022. No concurren razones legales que justifiquen la anulación de la rebaja de pena acordada en la instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 10271/2023
  • Fecha: 21/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Es pacífica la jurisprudencia al señalar que por violencia debemos entender el empleo de la fuerza física, concebida como equivalente a acometimiento, coacción o imposición material, lo que implica una agresión real más o menos violenta, o por medio de golpes, empujones o desgarros, es decir, fuerza eficaz y suficiente para vencer la voluntad de la víctima.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 10498/2022
  • Fecha: 21/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Agresión sexual a menor de 16 años. Error en la apreciación de la prueba, art. 849.2 LECrim. Concepto documentos a efectos casacionales. No lo son los informes periciales y forenses que sí fueron tenidos en cuenta por la sentencia y no contradicen lo declarado probado. Supuesto en el que el informe pericial tiene la consideración de documento a efectos casacionales: cuando contando solamente con dicho dictamen o dictámenes coincidentes y no concurriendo otras pruebas sobre el mismo punto fáctico, el Tribunal de instancia haya llegado a conclusiones divergentes con las de los citados informes, sin expresar razones que lo justifiquen .Reforma Ley 10/2022, de 6-9. No sería aplicable. La actual regulación prevé los mismos máximos e incluso en algún caso, superiores.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 10281/2023
  • Fecha: 21/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No procede la revisión de la condena por no ser más favorable al reo.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.